En estas próximas fechas y como consecuencia del súper puente de la Constitución y de las vacaciones de navidad, van a producirse cientos de miles de desplazamientos aéreos en todo el mundo. Si ud es una de esas personas que tiene previsto viajar en estas fechas y fuera víctima de cancelaciones de vuelo, retrasos, denegación de embarque, pérdida o desperfectos en el equipajes o cualquier otra incidencia que perjudique su viaje, sepa que con independencia de la causa siempre tiene derecho a ser indemnizado sin que por parte de las compañías aéreas se pueda oponer como excusa liberatoria circunstancias tales como meteorología adversa, fallos técnicos, overbooking, huelgas, etc., etc., o motivos similares que acostumbran a alegarse en las ventanillas de atención al cliente o de reclamación.
Ello es así por cuanto la legislación obliga a que tales riesgos sean previstos y en su caso asumidos por las respectivas empresas proveedoras del servicio. A tal efecto existen unas tablas para el cálculo de la indemnización que corresponde al caso concreto, con independencia del derecho a reclamar mayores indemnizaciones en casos particulares en función del perjuicio realmente padecido cuyo importe dependerá en todo caso del daño sufrido.
PRATS, DURANY & RAMIREZ ABOGADOS está altamente especializado en esta área y pone a disposición de los viajeros afectados sus servicios profesionales